Blog para el master en Liderazgo Político y Dirección Pública de instituciones Político-Administrativas

Páginas

lunes, 6 de mayo de 2013

EL SISTEMA ELECTORAL CUBANO

Esta entrada se corresponde a una actividad de la asignatura Procesos Electorales del Máster Online  en Liderazgo Político y Dirección Pública de Instituciones Político-Administrativas de la UA.

En la web del Parlamento Cubano puede encontrarse su actual composición, tras los últimos comicios de febrero de 2013: http://www.parlamentocubano.cu/index.php?option=com_content&view=category&id=56&Itemid=55

La norma que rige los procesos electorales de Cuba es la Ley No. 72 de 1992, Ley Electoral. Esta ley establece que los procesos electorales son de dos tipos, según el Art. 2:
  1. elecciones generales, en las que se elige a los Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, su Presidente, Vicepresidente y Secretario, al Presidente, Primer Vicepresidente, Vicepresidentes, Secretario y los demás miembros del Consejo de Estado, a los Delegados de las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular y a sus Presidentes y Vicepresidentes;
  2. elecciones parciales, en las que se elige a los Delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular y sus Presidentes y Vicepresidentes.
El sistema electoral cubano se caracteriza por:
§      El derecho de su ciudadanía (con capacidad legal para ello) a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes.
§        El voto es libre, igual y secreto y cada elector tiene derecho a un solo voto.
§  Las candidaturas son propuestas por asambleas ciudadanas, que eligen las candidaturas entre miembros de la circunscripción en la cual se reside en asambleas públicas.
§     La inscripción en el censo electoral es libre, universal y gratuita.
§    La edad legal del sufragio activo son los 16 años, excepto los discapacitados mentales (previa declaración judicial de su incapacidad) y los incapacitados judicialmente por causa de delitos.
§    La edad legal del sufragio pasivo varía en función del órgano al que se aspire. Para la Asamblea Nacional la edad mínima estimada es de 18 años, para el resto de instituciones representativas es 16 años.
§   No existen campañas electorales. La única publicidad permitida es la expuesta en los tablones oficiales del censo electoral sobre los o candidatos.
§     Las circunscripciones son de carácter uninominal y los candidatos elegidos son los que obtienen la mayoría de votos. Es decir, el porcentaje mínimo para ser electo es más del 50% de los votos válidos emitidos.
§     Cada legislatura dura, hasta un máximo de, 5 años.

Lo que más destaca de los procesos electorales cubanos es la alta participación del pueblo en las elecciones. En todos los procesos electorales que se han celebrado desde el año 1976, han participado más del 90% de los electores.